COMUNICADO N° 021-2020-SUCAMEC

Comunicado
SOBRE LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

OCIMIN

13 de agosto de 2020 - 12:09 p. m.

  • * El Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM, que modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, modificado por los Decretos Supremos N° 129-2020-PCM y N° 135-2020-PCM, dispone la cuarentena focalizada y la inmovilización social obligatoria durante los días domingo a nivel nacional; permitiendo el acceso a servicios y bienes esenciales, así como la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.
  • * Es preciso señalar que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la “Reanudación de Actividades” se contempla la estrategia para la reanudación progresiva en el marco de la emergencia sanitaria, la cual consta de cuatro (04) fases para su implementación, que se evalúan permanentemente de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud, cuyas Fases 1, 2 y 3 han sido aprobadas y se encuentran en pleno desarrollo; siendo el Servicio de Seguridad Privada una de las actividades contempladas en la Fase 2.
  • * Ante lo expuesto, Sucamec informa a la opinión pública que la continuidad de los servicios de seguridad privada no se ven afectados ante las nuevas disposiciones emitidas por el Gobierno Central.

OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS Y ENTIDADES

  • * Otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa.
  • * Asimismo, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos indicados en el punto 1 en la página www.gob.pe/paselaboral

SOBRE REUNIONES FAMILIARES Y/O SOCIALES

  • * Según lo dispuesto por el Gobierno, quedan prohibidas las reuniones de carácter social y familiar (con personas que no vivan en el mismo domicilio) para evitar la concentración de personas e impedir la propagación del virus.
  • * La Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.

SOBRE EL AFORO EN LUGARES PÚBLICOS

  • * La FF. AA. y PNP controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

Magdalena del Mar, 13 de agosto de 2020
Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional