¿Qué hacemos? 


  • PROMOVER, mediante acciones de comunicación que las personas naturales o jurídicas regularicen la situación de sus armas de fuego no registradas en la Sucamec; en el marco de la Ley N.° 31694, que establece el empadronamiento y amnistía de las mismas.


¿A quién nos dirigimos? 


  • PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS que necesiten realizar distintos tipos de trámites en la Sucamec.
  • CIUDADANÍA en general.
  • CASAS COMERCIALES de armas de fuego y municiones.
  • ASOCIACIONES de caza y tiro deportivo.


Objetivos


  • INFORMAR de manera oportuna, sencilla y trasparente sobre el procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley N.° 31694, para realizar el empadronamiento y amnistía de las armas de fuego que se encuentran en situación irregular en el Perú.
  • SENSIBILIZAR a la población sobre la importancia de regularizar la situación de las armas de fuego, por la seguridad ciudadana de millones de familias peruanas.
  • POSICIONAR en la mente de la ciudadanía que, a través del empadronamiento y amnistía de las armas de fuego en situación irregular, la Sucamec, entidad adscrita al Ministerio del Interior, fortalece el control de las armas de fuego que puedan representar un riesgo para el orden interno, la seguridad ciudadana y la paz social.

Armas comprendidas en la Ley N°31694 y su reglamento: 


  • Armas de fuego de uso civil vinculadas a licencias de posesión y uso de armas vencidas,   otorgadas, bajo el amparo de la Ley Nº 25054, que no registren tarjeta de propiedad y sobre las  cuales no se haya dispuesto el decomiso.
  • También se encuentran comprendidas dentro de las armas de fuego de uso civil, aquellas que   adquieren los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú para su uso   particular y que no se encuentren registradas en la base de datos de la Sucamec y/o no cuente  con la respectiva tarjeta de propiedad.
  • Asimismo, todas aquellas que no se encuentren registradas en la Sucamec, Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, siempre que puedan ser identificadas a través del número de serie legible en los componentes del arma y no hayan sido objeto de modificación o alteración alguna en sus características originales, salvo el regrabado en el número de serie, solo si el mismo fue realizado en las instituciones mencionadas previamente.



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