Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 005-2025-SMV/10
27 de enero de 2025
Se sanciona a Pandero S.A. EAFC, con tres (03) amonestaciones por haber incurrido en tres (3) infracciones graves tipificadas en el Anexo XIII, numeral 2, inciso 2.1; Anexo I, numeral 2, inciso
2.25 y Anexo XIII, numeral 2, inciso 2.16 del Reglamento de Sanciones: i) por no entregar al potencial asociado la cartilla para el asociado previamente a la suscripción del contrato; ii) no
cumplir con las normas de conducta establecidas en el Reglamento; iii) así como no cumplir con las disposiciones del contrato de administración de fondos colectivos celebrado con el asociado en lo referido a la entrega al asociado de su contrato en forma física, respectivamente.
2.25 y Anexo XIII, numeral 2, inciso 2.16 del Reglamento de Sanciones: i) por no entregar al potencial asociado la cartilla para el asociado previamente a la suscripción del contrato; ii) no
cumplir con las normas de conducta establecidas en el Reglamento; iii) así como no cumplir con las disposiciones del contrato de administración de fondos colectivos celebrado con el asociado en lo referido a la entrega al asociado de su contrato en forma física, respectivamente.