Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 058-2024-SMV/10

29 de noviembre de 2024

Se sanciona a Autoplan Empresa Administradora de Fondos Colectivos S.A., con multa de 6 UIT por haber incurrido en cinco (05) infracciones: cuatro (4) graves tipificadas en el Anexo I, numeral 2, inciso 2.33 del Reglamento de Sancionespor no cumplir con el objeto del sistema de fondos colectivos y en el Anexo XIII, numeral 2, inciso 2.16 del Reglamento de Sanciones, por no cumplir con las disposiciones del contrato de administración de fondos colectivos celebrado con el asociado vinculadas a: i) no cumplir con el plazo para realizar la devolución de aportes a favor del asociado al término de su grupo en la etapa de liquidación, ii) no cumplir con remitir los comprobantes de pago al asociado y iii) no cumplir con brindar respuesta a los reclamos interpuestos por el asociado; y, una (1) leve tipificada en el Anexo XIII, numeral 3.7 del Reglamento de Sanciones por no remitir al asociado el calendario de las tres (3) primeras asambleas en las que le correspondía participar.

Asimismo, se declara que no corresponde sancionar a Autoplan Empresa Administradora de Fondos Colectivos S.A., por una (01) infracción de naturaleza leve tipificada en el Anexo XIII, numeral 3, inciso 3.5 del Reglamento de Sanciones, y, en consecuencia, se da por concluido, en este extremo, el procedimiento administrativo sancionador.

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Resolución SASP N°058-2024-SMV

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