Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 019-2021

7 de abril de 2021

Se sanciona a Grupo Coril Sociedad Titulizadora S.A con tres (03) amonestaciones por haber incurrido en tres (3) infracciones de naturaleza leve tipificadas en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones, al no haber cumplido con presentar información eventual dentro del plazo establecido por la normativa aplicable.

Asimismo, se declara que no ha incurrido en dos (2) infracciones de naturaleza leve tipificadas en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones, por no haber cumplido con presentar información periódica dentro del plazo establecido por la normativa aplicable; y en consecuencia, se da por concluido en estos extremos el presente procedimiento administrativo sancionador

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