Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 053-2018

17 de octubre de 2018

Se sanciona a Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión con una (01) amonestación, por haber incurrido en una (01) infracción de naturaleza leve tipificada en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones, al no haber cumplido con presentar información eventual dentro del plazo establecido por la normativa aplicable.

Asimismo, se declara que no corresponde sancionar a Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos por dos (02) infracciones de naturaleza leve tipificadas en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones, y, en consecuencia, se da por concluido en estos extremos el procedimiento administrativo sancionador

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