Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 030-2017

19 de mayo de 2017

Se sanciona a Credicorp Capital Sociedad Agente de Bolsa S.A., con amonestación por haber incurrido en una (01) infracción de naturaleza grave tipificada en el Anexo X, numeral 2, inciso 2.14 del Reglamento de Sanciones; y una (01) infracción de naturaleza leve tipificada en el Anexo X, numeral 3, inciso 3.14 del Reglamento de Sanciones; por no haberse verificado que el estado de cuenta de un cliente no muestra por cada transacción efectuada la información referente a la identificación del documento correspondiente, ni el saldo monetario al final de cada fecha; y por no comunicar el hecho relevante referente a la celebración de contrato con Bank of America y Merrill Lynch dentro del plazo establecido por la normativa, respectivamente.

Asimismo, se declara que no ha incurrido en la infracción muy grave tipificada en el Anexo I, numeral 1, inciso 1.4 del Reglamento de Sanciones y en consecuencia, se da por concluido en este extremo el presente procedimiento administrativo sancionador.

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