Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 021-2017
7 de abril de 2017
Se sanciona a Pandero S.A. EAFC, con multa de una (01) UIT por haber incurrido en una (01) infracción de naturaleza grave tipificada en el Anexo XIV, numeral 2, inciso 2.21 del Reglamento de Sanciones, por no cumplir con las disposiciones del contrato de administración de fondos colectivos celebrado con el asociado.
Asimismo, se dispone como medida correctiva que en el plazo de cinco (05) días útiles Pandero S.A. EAFC devuelva al señor Hugo Yuyali Vargas la suma de US$ 228,62 (Doscientos veinte y ocho y 62/100 dólares de los Estados Unidos de América) entregados a la referida empresa administradora en el marco del Contrato de Administración de Fondos Colectivos celebrado con el asociado, así como ejecutarse la garantía constituida por PANDERO EAFC conforme a lo dispuesto por el artículo 40 del REGLAMENTO en caso no cumpla con el pago ordenado