Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N.° 025-2015
23 de noviembre de 2015
Se sanciona a Inteligo Sociedad Agente de Bolsa S.A., con multa de tres (03) UIT ascendente a S/. 10 950,00 (Diez Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por haber incurrido en tres (03) infracciones de naturaleza grave tipificadas en el Reglamento de Sanciones, Anexo X, numeral 2: i) inciso 2.16, por no contar con una sección específica correspondiente a las operaciones en el mercado extranjero en su Manual del Sistema de Control Interno ; ii) inciso 2.13, por brindar el servicio de administración de cartera sin tener contrato vigente con un cliente y asimismo por no cumplir con la cláusula establecida en el contrato de administración de cartera suscrito con un cliente respecto al lugar en que se depositarán los valores e instrumentos financieros; y iii) Anexo I, numeral 2, inciso 2.4, por verificarse diferencias en los saldos de rubros cuentas por cobrar y cuentas por pagar comerciales del estado de situación financiera al 31 de diciembre de 2011 de la Información Intermedia e Información Auditada. Asimismo, se declara que no ha incurrido en infracción muy grave tipificada en el Anexo X, numeral 1, inciso 1.18, infracción grave tipificada en el Anexo X, numeral 2, inciso 2.19 e infracción leve, tipificada en el Anexo X, numeral 3, inciso 3.10 del Reglamento de Sanciones; y en consecuencia, se da por concluido en estos extremos el presente procedimiento administrativo sancionador.