Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 083-2020
17 de agosto de 2020
Sancionar a Perú Holding de Turismo S.A.A. con una (01) amonestación, por haber incurrido en una (01) infracción de naturaleza leve tipificada en el inciso 3.1, numeral 3 del Anexo I del Reglamento de Sanciones.