Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 023-2019
6 de febrero de 2019
Sancionar a Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A. con una (01) amonestación, por haber incurrido en infracción de naturaleza leve tipificada en el inciso 3.1, numeral 3 del Anexo I del Reglamento de Sanciones y una multa de 50 UIT por haber incurrido en dos (02) infracciones de naturaleza grave tipificadas en el inciso 2.11 del numeral 2 del Anexo I del Reglamento de Sanciones