Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 051-2021

12 de noviembre de 2018

Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Intipuquio S.A. contra la Resolución de Superintendencia Adjunta SMV Nº 183-2018-SMV/11.

Se deniega la solicitud presentada por Intipuquio S.A. para que se sustituya la obligación de vender por oferta pública, dispuesta en el artículo 5° de la Resolución de Superintendencia Adjunta SMV Nº 183-2018-SMV/11, por la realización de una oferta pública de adquisición de las acciones representativas del capital social de Empresa Agroindustrial Cayaltí S.A.A.

Vista preliminar de documento documento

documento

DOCX
529.8 KB