Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 081-2018
18 de mayo de 2018
Sancionar a Red de Energía del Perú S.A. con una (01) amonestación, por haber incurrido en infracción de naturaleza leve tipificada en el inciso 3.1, numeral 3 del Anexo I del Reglamento de Sanciones