Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 085-2015
17 de abril de 2015
Sancionar a Lima Caucho S.A. con dos (2) amonestaciones, por haber incurrido en infracciones de naturaleza leve tipificadas en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones