Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas N.° 201-2012

30 de julio de 2012

Declarar que Supermercados Peruanos S.A. ha incurrido en infracción de naturaleza leve tipificada en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución CONASEV Nº 055-2001-EF/94.10, al haber contravenido el artículo 7º del Reglamento de Hechos de Importancia, Información Reservada y Otras Comunicaciones, aprobado por Resolución CONASEV Nº 107-2002-EF/94.10, al no haber presentado de manera oportuna la siguiente información: (1) La convocatoria a Junta de Accionistas Obligatoria Anual, que fuera acordada en sesión de directorio el 25 de febrero del 2009, y que fue informada el 27 de febrero de 2009; (2) La comunicación del cambio en la participación en el capital social de la empresa de accionistas con más del 5% de participación accionaria, de la cual se tomo conocimiento el 7 de enero del 2010 y que fue informada el 14 de enero de 2010.

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