Resolución Conasev N.° 041-2007
13 de junio de 2007
Se declara fundada solicitud de prescripción deducida por la Bolsa de Valores de Lima y, en consecuencia, prescrita facultad de CONASEV para determinar existencia de la infracción a que se refiere el artículo 3 de la Resolución del Tribunal Administrativo Nº 006-2007-EF/94.12.