Resolución de Superintendente N.° 058-2021

18 de junio de 2021

Se modifica el artículo 7° de la Resolución SMV Nº 009-2020-SMV/01, que aprobó las "Bases para el proceso de selección no presencial de la entidad valorizadora responsable de determinar el precio mínimo a ser tomado en cuenta en los procesos de ofertas públicas de compra por exclusión y ofertas públicas de adquisición" (Publicada el 18-6-2021 en El Peruano)

Vista preliminar de documento RSUP 058-2021- Mod art 7 RSMV 009-2020.pdf

RSUP 058-2021- Mod art 7 RSMV 009-2020.pdf

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