Resolución de Superintendente N.° 033-2020
21 de marzo de 2020
Establecen disposiciones aplicables a las sociedades emisoras con valores inscritos en el RPMV, las personas jurídicas inscritas en el RPMV y las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, así como a los patrimonios autónomos que administran, y modifican el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores - MAV