Resolución SMV N.° 002-2023

28 de enero de 2023

Se dispone que la SMV aplicará únicamente fiscalización orientativa respecto de las obligaciones contenidas en el artículo 5° y en el segundo párrafo del artículo 10° de la Resolución SMV Nº 019-2021-SMV/01 durante el ejercicio 2023 (Publicada el 28-1-2023 en El Peruano)

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002-2023

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