Comunicado: Donación de 20 bienes muebles dados de baja por causal de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos – RAEE

Comunicado
De acuerdo a la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, procedimientos de gestión de los bienes muebles calificados como RAEE

Control Patrimonial - Unidad de Logística - Oficina de Administración

21 de marzo de 2022 - 4:50 p. m.

 A.- OBJETIVO 
 
El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, en aplicación a lo establecido en el literal a) del numeral 7.2.1.  de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, aprobada con la Resolución Directoral N° 008-2020-EF/54.01 y modificada mediante la Resolución Directoral N° 008-2021-EF/54.01., cumple con publicar en su Portal Institucional la Resolución Jefatural N° 000012-2019-SINEACE/P-ST-OA, de fecha 08 de febrero de 2019 y N° 000069-2019-SINEACE/P-ST-OA, de fecha 14 de agosto de 2019, en las cuales se detallan los bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE, aptos para ser dispuestos en modalidad de donación. 
 
B.  ALCANCE DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN
 
La presente comunicación está dirigida exclusivamente a los Sistema de Manejo de RAEE, debidamente autorizados por el Ministerio del Ambiente, las cuales deben manifestar por escrito su interés de ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles señalados en la presente publicación, adjuntando la documentación o requisitos establecida en el numeral 7.2.5. de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, modificada mediante la Resolución Directoral N° 008-2021-EF/54.01, según detalle:
 
a)  Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal. 

b)  Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de RAEE con    una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud. 

c)   Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal, según corresponda. 

d)   Copia del documento que aprueba el PMRAEE expedido por el MINAM. 

e)   Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii) Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante con lo señalado en su PMRAEE; y iii) El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba la donación.
 
C.  UBICACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES 
 
Los bienes muebles se encuentran ubicados físicamente en el depósito de Control Patrimonial, sito en la Av. República de Panamá 3559 - 3663, Urbanización El Palomar, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, los cuales se encuentran identificados para su posterior disposición final. 
 
D.   RECEPCIÓN DE SOLICITUDES 
Mesa de Partes físico y virtual del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, a través del siguiente link: https://app.sineace.gob.pe/portal-ciudadano/mesa-partes
                                                                                                                                 
E.    CONSULTAS
Srta. Carmen Rosa Valverde Obando – Especialista en Almacén y Control Patrimonial -  Unidad de Logística
Al correo institucional: cvalverde@sineace.gob.pe