Resolución de Presidencia N.° 021-2013-SINEACE-P

Resolución de Presidencia N° 021-2013-SINEACE-P

13 de marzo de 2013

Articulo 1°.- Autorizar al Colegio de Nutricionistas del Perú como Entidad Certificadora, quien a su vez, ejercera las competencias y funciones asignadas por el Art. 21° y 22° del Reglamento de la Ley N° 28740 y demás instrumentos vinculantes, por el periodo de cinco (05) ahos, contados a partir del dia siguiente de la publicación de la presente resolución.

Articulo 2°.- Disponer la inscripción y registro del Colegio de Nutricionistas del Perú como Entidad Certificadora en el Registro Nacional de Entidades Certificadoras del Consejo de Evaluación, Acreditacion y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU.

Articulo 3°.- Extiendase el correspondiente Certificado al Colegio de Nutricionistas del Perú, conforme al Anexo B de la Resolución N° 003-2010-SINEACE/P, que lo reconozca como Entidad Certificadora del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU.

Articulo 4°.- La Secretaria Técnica del Consejo Superior del SINEACE dictará las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución, as! como brindara lascondiciones materiales y logísticas para que el registro de Entidades Certificadoras y Certificación Profesional del CONEAU se mantenga actualizado.

Articulo 5°.- El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria publicará en su portal institucional http://www.coneau.qob.pe/, la certificación del Colegio de Nutricionistas del Perú, en la misma fecha en que sea publicada.

Estado de vigencia: se encuentra no vigente.



Esta norma pertenece a los compendios Resoluciones de Presidencia, Normas de competencia

Vista preliminar de documento Nutrición 2013

Nutrición 2013

PDF
1.1 MB