Resolución de Presidencia N.° 000018-2026-SINEACE/COSUSINEACE-P
30 de enero de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1. Desagregación de Recursos
Aprobar la desagregación de los recursos aprobados autorizados mediante el Decreto Supremo n.° 005-2026-EF, a favor del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, por el monto de S/ 11 500,00 (once mil quinientos y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
[Mayor detalle, favor remitirse a la Resolución de Presidencia...]
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Remitir copia del presente dispositivo de desagregación de recursos, dentro de los cinco (5) días de aprobado, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1. Desagregación de Recursos
Aprobar la desagregación de los recursos aprobados autorizados mediante el Decreto Supremo n.° 005-2026-EF, a favor del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, por el monto de S/ 11 500,00 (once mil quinientos y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
[Mayor detalle, favor remitirse a la Resolución de Presidencia...]
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Remitir copia del presente dispositivo de desagregación de recursos, dentro de los cinco (5) días de aprobado, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
