Resolución de Presidencia N.° 000001-2026-SINEACE/COSUSINEACE-P
7 de enero de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Desagregación de Recursos
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el Decreto Supremo n.° 334-2025-EF, del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por un monto de S/ 420 000,00 (cuatrocientos veinte mil y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
[Mayor detalle, favor remitirse a la Resolución de Presidencia]
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Remisión
Copia del presente dispositivo de desagregación de recursos se remite, dentro de los cinco (5) días de aprobado, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.º 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la presente resolución se publique en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Artículo 1.- Desagregación de Recursos
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el Decreto Supremo n.° 334-2025-EF, del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por un monto de S/ 420 000,00 (cuatrocientos veinte mil y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
[Mayor detalle, favor remitirse a la Resolución de Presidencia]
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Remisión
Copia del presente dispositivo de desagregación de recursos se remite, dentro de los cinco (5) días de aprobado, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.º 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 4.- Disponer que la presente resolución se publique en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
