Resolución de Presidencia N.° 000165-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
12 de diciembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.° 088-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 023-2025/CS-CONEAU, del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria, aprueba la acreditación al programa de estudios de Ingeniería Geológica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, por un periodo de seis (6) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL01, ubicado en la Av. Carlos Germán Amézaga 375, Cercado de Lima, Lima, en el que dicho programa es ofrecido en la modalidad presencial.
Artículo 2.- Requerir a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, que el programa de estudios de Ingeniería Geológica reporte anualmente al Sineace el estado de avance de la ejecución de sus acciones de mejora.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, juntamente con el Informe Técnico n.° 000081-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; el Informe Técnico n.º 000007-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA-MAV y el Informe Legal n.° 000368-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe/sineace), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.° 088-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 023-2025/CS-CONEAU, del 5 de diciembre de 2025, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria, aprueba la acreditación al programa de estudios de Ingeniería Geológica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, por un periodo de seis (6) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL01, ubicado en la Av. Carlos Germán Amézaga 375, Cercado de Lima, Lima, en el que dicho programa es ofrecido en la modalidad presencial.
Artículo 2.- Requerir a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, que el programa de estudios de Ingeniería Geológica reporte anualmente al Sineace el estado de avance de la ejecución de sus acciones de mejora.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, juntamente con el Informe Técnico n.° 000081-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; el Informe Técnico n.º 000007-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA-MAV y el Informe Legal n.° 000368-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe/sineace), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
