Resolución de Presidencia N.° 000147-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
20 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.° 076-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 021-2025/CS-CONEAU, del 14 de noviembre de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, que aprueba la acreditación al programa de estudios de Psicología de la Universidad Andina del Cusco, por un periodo de dos (2) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL03, ubicado en la Prolongación Av. de la Cultura s/n, Distrito de San Jerónimo, Cusco; en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2. - Requerir a la Universidad Andina del Cusco, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, que el programa de estudios de Psicología reporte anualmente al Sineace el estado de avance de la ejecución de sus acciones de mejora.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa”, aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023- SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Andina del Cusco, juntamente con el Informe Técnico n.° 000075-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.º 000004-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA-MAV; y el Informe Legal n.° 000342-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.° 076-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 021-2025/CS-CONEAU, del 14 de noviembre de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, que aprueba la acreditación al programa de estudios de Psicología de la Universidad Andina del Cusco, por un periodo de dos (2) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL03, ubicado en la Prolongación Av. de la Cultura s/n, Distrito de San Jerónimo, Cusco; en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2. - Requerir a la Universidad Andina del Cusco, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, que el programa de estudios de Psicología reporte anualmente al Sineace el estado de avance de la ejecución de sus acciones de mejora.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa”, aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023- SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Andina del Cusco, juntamente con el Informe Técnico n.° 000075-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.º 000004-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA-MAV; y el Informe Legal n.° 000342-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
