Resolución de Presidencia N.° 000112-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
2 de setiembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.o 062-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 016-2025/CS-CONEAU, del 26 de agosto de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria-Coneau, mediante el cual se aprobó la adaptación del estándar de competencia EC-M70-006-V01-2025 denominado, “Reanimar al paciente aplicando soporte vital básico y desfibrilación”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Dicho estándar se aplica en el ámbito del Coneau, y tendrá una vigencia de cinco (5) años, contados a partir del día calendario siguiente a la fecha de emisión de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Evaluación y Certificación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria-Coneau, con apoyo de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, registre el estándar de competencia señalado en el artículo 1 de la presente resolución, en el Sistema de Gestión de la Información de Certificación – SIGICE.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad
Artículo 1.- Oficializar el acuerdo n.o 062-2025-CS-CONEAU de la sesión ordinaria n.° 016-2025/CS-CONEAU, del 26 de agosto de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria-Coneau, mediante el cual se aprobó la adaptación del estándar de competencia EC-M70-006-V01-2025 denominado, “Reanimar al paciente aplicando soporte vital básico y desfibrilación”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Dicho estándar se aplica en el ámbito del Coneau, y tendrá una vigencia de cinco (5) años, contados a partir del día calendario siguiente a la fecha de emisión de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Evaluación y Certificación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria-Coneau, con apoyo de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, registre el estándar de competencia señalado en el artículo 1 de la presente resolución, en el Sistema de Gestión de la Información de Certificación – SIGICE.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia