Resolución de Presidencia N.° 000058-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
29 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 033 de la 10ma. sesión ordinaria n.º 10-2025-CS-CONEAU, celebrada el 27 de mayo de 2025, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, aprobó la acreditación del Programa de Estudios de Psicología con especialidades en Psicología Clínica, Psicología Educacional y del Desarrollo, y Psicología Organizacional de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., por un periodo de seis (06) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria. La acreditación comprende las siguientes modalidades y locales:
[Para mayor detalle de las modalidades y locales, favor remitirse a la Resolución]
Artículo 2.- Recomendar a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. realizar las acciones pertinentes orientadas a mantener las condiciones de calidad del Programa de Psicología. Los resultados formarán parte de la documentación a presentar a la DEA-Coneau en el informe de seguimiento que se realizará anualmente al programa de estudios de psicología.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General N° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C, juntamente con el Informe Técnico n.° 0000038-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y el Informe Legal N° 000148-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 033 de la 10ma. sesión ordinaria n.º 10-2025-CS-CONEAU, celebrada el 27 de mayo de 2025, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, aprobó la acreditación del Programa de Estudios de Psicología con especialidades en Psicología Clínica, Psicología Educacional y del Desarrollo, y Psicología Organizacional de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., por un periodo de seis (06) años, conforme al Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria. La acreditación comprende las siguientes modalidades y locales:
[Para mayor detalle de las modalidades y locales, favor remitirse a la Resolución]
Artículo 2.- Recomendar a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. realizar las acciones pertinentes orientadas a mantener las condiciones de calidad del Programa de Psicología. Los resultados formarán parte de la documentación a presentar a la DEA-Coneau en el informe de seguimiento que se realizará anualmente al programa de estudios de psicología.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General N° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C, juntamente con el Informe Técnico n.° 0000038-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y el Informe Legal N° 000148-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia