Resolución de Presidencia N.° 000059-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
29 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 034-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 010-2025/CS-CONEAU del 27 de mayo de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, mediante el cual se decide reconocer la acreditación otorgada por la agencia acreditadora extranjera, Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica, A. C (COMAEM), al programa de estudios de Medicina Humana de la Universidad San Martín de Porres, con vigencia hasta el 28 de octubre de 2029.
Artículo 2.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Universidad de San Martín de Porres, juntamente con el Informe Técnico n.° 000047-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-PDEA junto con el Anexo 1 Matriz de comparación de modelos de acreditación y, Anexo 2 Matriz de comparación de procedimientos de acreditación; y, el Informe Legal n.° 000138-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ;
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 034-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 010-2025/CS-CONEAU del 27 de mayo de 2025, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, mediante el cual se decide reconocer la acreditación otorgada por la agencia acreditadora extranjera, Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica, A. C (COMAEM), al programa de estudios de Medicina Humana de la Universidad San Martín de Porres, con vigencia hasta el 28 de octubre de 2029.
Artículo 2.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Universidad de San Martín de Porres, juntamente con el Informe Técnico n.° 000047-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-PDEA junto con el Anexo 1 Matriz de comparación de modelos de acreditación y, Anexo 2 Matriz de comparación de procedimientos de acreditación; y, el Informe Legal n.° 000138-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ;
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia