Resolución Jefatural N.° 000023-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA
9 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la eliminación del registro patrimonial de cuatro (04) licencias y software, por no clasificar como activos intangibles, por un valor de adquisición y valor neto al 31 de marzo del 2025 de S/ 184,695.38 (Ciento Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 38/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los libros y textos a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística, del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1°. - APROBAR la eliminación del registro patrimonial de cuatro (04) licencias y software, por no clasificar como activos intangibles, por un valor de adquisición y valor neto al 31 de marzo del 2025 de S/ 184,695.38 (Ciento Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 38/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los libros y textos a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística, del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales