Resolución de Presidencia N.° 000046-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
6 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 027-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 008-2025/CS-CONEAU del 25 de abril de 2025, del Directorio del CONEAU, mediante el cual se decide reconocer la acreditación otorgada por la agencia acreditadora extranjera, Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica, A. C, al programa de estudios de Medicina Humana de la Universidad Católica de Santa María, con vigencia hasta el 20 de enero de 2030.
Artículo 2.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Universidad Católica de Santa María, juntamente con el Informe Técnico n.° 000036-2025-SINEACE/CS-CONEAU-DP-DEA junto con el Anexo 1 Matriz de comparación de modelos de acreditación y, Anexo 2 Matriz de comparación de procedimientos de acreditación; y, el Informe Legal n.°000119-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ;
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 027-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 008-2025/CS-CONEAU del 25 de abril de 2025, del Directorio del CONEAU, mediante el cual se decide reconocer la acreditación otorgada por la agencia acreditadora extranjera, Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica, A. C, al programa de estudios de Medicina Humana de la Universidad Católica de Santa María, con vigencia hasta el 20 de enero de 2030.
Artículo 2.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Universidad Católica de Santa María, juntamente con el Informe Técnico n.° 000036-2025-SINEACE/CS-CONEAU-DP-DEA junto con el Anexo 1 Matriz de comparación de modelos de acreditación y, Anexo 2 Matriz de comparación de procedimientos de acreditación; y, el Informe Legal n.°000119-2025-SINEACE/CS-P-GG-OAJ;
Artículo 4.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia