Resolución de Presidencia N.° 000045-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
5 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 026-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 008-2025/CS-CONEAU del 25 de abril de 2025, mediante el cual el Directorio del Coneau, acordó otorgar la acreditación al programa de estudios de Terapia física de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., por un periodo de seis (06) años, la misma que tiene un alcance al local ubicado en la Av. Alameda San Marcos S/N - Sublote B con frente al parque público, Urb. parte del Fundo Villa denominado Lotización San Juan Bautista De Villa, distrito de Chorrillos, provincia y región de Lima(SL10); en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2.- Recomendar a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. que realice las acciones pertinentes orientadas a mantener las condiciones de calidad del programa de estudios de Terapia física, cuyos resultados deberán ser informados anualmente a la DEA Coneau.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.º 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.º 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., juntamente con el Informe Técnico n.º 000039-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA y, el Informe Legal n.º 000121-2025-SINEACE/CS-PGG-OAJ.
Artículo 5.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.º 026-2025-CS-CONEAU del acta de la Sesión Ordinaria n.° 008-2025/CS-CONEAU del 25 de abril de 2025, mediante el cual el Directorio del Coneau, acordó otorgar la acreditación al programa de estudios de Terapia física de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., por un periodo de seis (06) años, la misma que tiene un alcance al local ubicado en la Av. Alameda San Marcos S/N - Sublote B con frente al parque público, Urb. parte del Fundo Villa denominado Lotización San Juan Bautista De Villa, distrito de Chorrillos, provincia y región de Lima(SL10); en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2.- Recomendar a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. que realice las acciones pertinentes orientadas a mantener las condiciones de calidad del programa de estudios de Terapia física, cuyos resultados deberán ser informados anualmente a la DEA Coneau.
Artículo 3.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.º 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.º 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., juntamente con el Informe Técnico n.º 000039-2025-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA y, el Informe Legal n.º 000121-2025-SINEACE/CS-PGG-OAJ.
Artículo 5.- Publicar la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia