Resolución de Presidencia N.° 000039-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
7 de abril de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1. – Oficialización de acuerdo
Oficializar el acuerdo n.o 008-2025-CS-CONEACES de la sesión ordinaria n.o 6, del 26 de marzo de 2025, del Directorio del CONEACES y, el acuerdo n.o 013-2025-CS-IPEBA de la sesión ordinaria n.o 30, del 20 de marzo de 2025 del Directorio del IPEBA, que aprueban la publicación del proyecto de «Reglamento de autorización y renovación de las entidades evaluadoras externas de programas e institutos y escuelas de educación superior, centros de educación técnico-productiva e instituciones de educación básica».
Artículo 2. – Publicación para comentarios
Disponer que, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, la presente resolución sea publicada en el diario oficial El Peruano; y, el proyecto de reglamento mencionado en el artículo 1 y su exposición de motivos sean publicados en el portal institucional: https://www.gob.pe/sineace, por un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3. - Recepción de comentarios
Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado en el artículo 1 puedan ser presentados a través de los siguientes canales:
Artículo 1. – Oficialización de acuerdo
Oficializar el acuerdo n.o 008-2025-CS-CONEACES de la sesión ordinaria n.o 6, del 26 de marzo de 2025, del Directorio del CONEACES y, el acuerdo n.o 013-2025-CS-IPEBA de la sesión ordinaria n.o 30, del 20 de marzo de 2025 del Directorio del IPEBA, que aprueban la publicación del proyecto de «Reglamento de autorización y renovación de las entidades evaluadoras externas de programas e institutos y escuelas de educación superior, centros de educación técnico-productiva e instituciones de educación básica».
Artículo 2. – Publicación para comentarios
Disponer que, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, la presente resolución sea publicada en el diario oficial El Peruano; y, el proyecto de reglamento mencionado en el artículo 1 y su exposición de motivos sean publicados en el portal institucional: https://www.gob.pe/sineace, por un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3. - Recepción de comentarios
Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado en el artículo 1 puedan ser presentados a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: dea-coneaces@sineace.gob.pe, o;
- Mesa de partes virtual del Sineace: https://app.sineace.gob.pe/portal-ciudadano/mesa-partes, o;
- Mesa de partes física: Av. República de Panamá N° 3659, San Isidro.
Artículo 4. – Órgano responsable
Encargar a la Dirección de Evaluación y Acreditación del CONEACES que reciba, procese y sistematice los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia