Resolución de Presidencia N.° 000111-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P
18 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1. Oficializar el acuerdo n.° 8 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, que acordó aprobar la acreditación al programa de estudios de Turismo de la Universidad Nacional de Trujillo, por un periodo de dos (2) años, de acuerdo con el Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, la misma que tiene un alcance al local ubicado Fundo San Andrés - Av. Juan Pablo II S/N, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo y región La Libertad; en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional de Trujillo que en el programa de estudios de Turismo elabore y ejecute un plan de mejora destinado a asegurar la consistencia y sostenibilidad de los resultados de los estándares: 1 “propósitos articulados”, 5 “pertinencia del perfil de egreso”, 6 “revisión del perfil de egreso”, 9 “plan de estudios”, 11 “enfoque por competencias”, 26 “implementación de políticas ambientales”, 31 “centros de información y referencia”, 33 “logro de competencias” y 34 “seguimiento a egresados y objetivos educacionales”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación
a presentar en el informe anual de seguimiento.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional de Trujillo, juntamente con el Informe Técnico n.° 000043-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.° 000055-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y, el Informe Legal n.º 000222-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1. Oficializar el acuerdo n.° 8 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, que acordó aprobar la acreditación al programa de estudios de Turismo de la Universidad Nacional de Trujillo, por un periodo de dos (2) años, de acuerdo con el Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, la misma que tiene un alcance al local ubicado Fundo San Andrés - Av. Juan Pablo II S/N, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo y región La Libertad; en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.
Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional de Trujillo que en el programa de estudios de Turismo elabore y ejecute un plan de mejora destinado a asegurar la consistencia y sostenibilidad de los resultados de los estándares: 1 “propósitos articulados”, 5 “pertinencia del perfil de egreso”, 6 “revisión del perfil de egreso”, 9 “plan de estudios”, 11 “enfoque por competencias”, 26 “implementación de políticas ambientales”, 31 “centros de información y referencia”, 33 “logro de competencias” y 34 “seguimiento a egresados y objetivos educacionales”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación
a presentar en el informe anual de seguimiento.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional de Trujillo, juntamente con el Informe Técnico n.° 000043-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.° 000055-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y, el Informe Legal n.º 000222-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia