Resolución de Presidencia N.° 000110-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

18 de diciembre de 2024

SE RESUELVE:

Artículo 1. Oficializar el acuerdo N° 7 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – Coneau, que acordó aprobar la solicitud de acreditación del programa de estudios de Enfermería de la Universidad Nacional de Trujillo, por un periodo de 2 años, con alcance a los locales SL01: Fundo San Andrés, Av. Juan Pablo II S/N (La Libertad, Trujillo, Trujillo); F01L01: predio El Rodríguez Invernas Lote 12 y 12a (La Libertad, Pacasmayo, Guadalupe); y F02L01: Vía de evitamiento S/N Km 880 Sector Ojo de pescado (La Libertad, Sánchez Carrión, Huamachuco),
en la modalidad presencial.

Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional de Trujillo que el programa de estudios de Enfermería elabore y ejecute un plan de mejora destinado a fortalecer la consistencia de los resultados respecto de los estándares 4 “sostenibilidad”, 5 “pertinencia del perfil de egreso”, 8 “planes de mejora”, 10 “características del plan de estudios”, 12 “articulación con I+D+i y responsabilidad social”, 14 “selección, evaluación, capacitación y perfeccionamiento”, 17 “plan de desarrollo académico”, 18 “admisión al programa de estudios”, 21 “actividades extracurriculares”, 32 “recursos humanos para la gestión del programa de estudios”, 33 “logro de competencias” y 34 “seguimiento a egresados y objetivos educacionales”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación a presentar en el informe anual de seguimiento.

Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.

Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional de Trujillo, conjuntamente con el Informe Técnico n.º 000044-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA e Informe Técnico n.º 000054-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y el Informe Legal n.° 000223-2024-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.

Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia

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