Resolución de Presidencia N.° 000113-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

18 de diciembre de 2024

SE RESUELVE:

Artículo 1. Oficializar el acuerdo N° 6 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Universitaria – CONEAU, acordó aprobar la solicitud de acreditación del programa de estudios de Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Altiplano, por un periodo de dos (2) años, de acuerdo con el Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria, la misma que tiene un alcance al local ubicado en la Av. Floral n.° 1153, distrito de Puno, provincia de Puno y región Puno; en el que dicho programa es ofrecido en modalidad presencial.

Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional del Altiplano que en el programa de estudios de Ingeniería Química elabore y ejecute un plan de mejoras destinado a fortalecer la consistencia de los resultados respecto de los estándares 2 “Participación de los grupos de interés”, 7 “Sistema de gestión de la calidad” 8 “Planes de mejora”, 11 “Enfoque de competencias”, 19 “Nivelación de ingresantes”, 26 “Implementación de políticas ambientales”, 27 “Bienestar”, 30 “Sistema de información y comunicación”, 33 “Logro de competencias” y 34 “Seguimiento a egresados y objetivos educacionales”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación a presentar en el informe anual de seguimiento.

Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.

Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional del Altiplano, juntamente con el Informe Técnico n.° 000042-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.° 000057-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y, el Informe Legal n.º 000224-2024-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.

Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia

Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA-000113-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

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