Resolución Jefatural N.° 000021-2024-SINEACE/CS-P-GG-OA
29 de noviembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la baja en los Registros Patrimoniales y Contables de cincuenta y cuatro (54) bienes informáticos pertenecientes al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Evaluación de la Calidad Educativa - SINEACE, de los cuales veinticuatro (24) presentan causal de baja por estado de excedencia y treinta (30) presentan causal de baja por obsolescencia técnica, por un valor de adquisición de s/ 162,053.34 (ciento sesenta y dos mil cincuenta y tres con 34/100 soles), depreciación acumulada de s/. 158,943.90 (ciento cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres con 90/100 soles) y valor neto ascendente a s/ 3,109.44 (tres mil cientos nueve con 44/100 soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo 1 adjunto al presente acto resolutivo.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes muebles a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y el Anexo 1 a la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1°. - APROBAR la baja en los Registros Patrimoniales y Contables de cincuenta y cuatro (54) bienes informáticos pertenecientes al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Evaluación de la Calidad Educativa - SINEACE, de los cuales veinticuatro (24) presentan causal de baja por estado de excedencia y treinta (30) presentan causal de baja por obsolescencia técnica, por un valor de adquisición de s/ 162,053.34 (ciento sesenta y dos mil cincuenta y tres con 34/100 soles), depreciación acumulada de s/. 158,943.90 (ciento cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres con 90/100 soles) y valor neto ascendente a s/ 3,109.44 (tres mil cientos nueve con 44/100 soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo 1 adjunto al presente acto resolutivo.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes muebles a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y el Anexo 1 a la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales