Resolución de Gerencia General N.° 000029-2023-CT-GG

Resolución de Gerencia General N.° 000029-2023-CT-GG

25 de octubre de 2023


Artículo 1.- CONFORMAR el Grupo de Comando de Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –SINEACE de la siguiente manera:

  • Jefe de la Oficina de Administración, quien lo preside o dirige.
  • Un/a representante de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y Técnico Productiva.
  • Un/a representante de la Dirección de Evaluación y Certificación de Competencias.
  • Un/a representante de la Dirección de Evaluación y Políticas.
  • Un/a representante de la Dirección de Supervisión e Instrucción
  • Un/a representante de la Oficina de Recursos Humanos.
  • Un/a representante de la Oficina de Planificación y Presupuesto.
  • Un/a representante de la Oficina de Tecnologías de la Información Comunicaciones.
  • Un/a representante de la Oficina de Administración.
  • Un/a representante de la Unidad de Logística.
  • Un/a representante de la Unidad de Tesorería.
  • Un/a representante de la Unidad de Atención y Gestión de Tramite Documentario.

Artículo 2.- DISPONER que las Oficinas y Direcciones que conforman el Grupo de Comando comuniquen a la Oficina de Administración su representante en un plazo máximo de tres (03) días hábiles desde la notificación del presente acto resolutivo.

Artículo 3.- PRECISAR que la participación de los miembros del Grupo del Grupo de Comando es ad honorem.

Artículo 4.- PRECISAR que el Grupo de Comando tiene por objeto la elaboración del Plan de Continuidad Operativa del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –SINEACE, y de la toma de decisiones respecto de la implementación de dicho plan. Para ello, tiene asignada las siguientes funciones:

  • Identificar las actividades críticas a cargo de la Entidad, en coordinación con los órganos que desarrollan tales actividades.
  • Identificar los recursos humanos y materiales necesarios para la ejecución de las actividades críticas de la Entidad entre los que se encuentran: locales
    alternos, materiales, equipos informáticos y data.
  •  Realizar las coordinaciones con la unidad responsable del acervo documentario, con el fin de contar con archivos digitales con valor legal, asegurando su conservación ante un desastre de gran magnitud o cualquier evento que pueda interrumpir prolongadamente las operaciones de la Entidad.
  • Coordinar con las unidades orgánicas responsable, las medidas necesarias para asegurar el aprovisionamiento ininterrumpido de los servicios básicos
    y otros esenciales, para la ejecución de las actividades críticas identificadas.
  • Formular y presentar el proyecto del Plan de Continuidad Operativa, para su aprobación por parte del titular de la Entidad.
  •  Actualizar el Plan de Continuidad Operativa.
  • Proponer al Titular de la Entidad la activación del Plan de Continuidad Operativa de la entidad, cuando corresponda. 
  • Verificar el desarrollo de las actividades críticas.
  •  Verificar el cumplimiento del cronograma de ejercicios del Plan de Continuidad Operativa. 
  • Realizar el seguimiento y monitoreo de la Continuidad Operativa de la entidad, mediante la matriz para el seguimiento y monitoreo de la ejecución de las actividades críticas - plan de continuidad operativa.
  •  Realizar coordinaciones con el Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres - GRD con el fin de articular los planes de evacuación, seguridad,
    entre otros, con el Plan de Continuidad Operativa.

Artículo 5.- PRECISAR
que la implementación de lo establecido en la presente resolución y los gastos que involucren la participación de los miembros del Grupo de Comando, se financian con cargo al presupuesto institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –SINEACE, sin demandar recursos adicionales.

Artículo 6.- NOTIFICAR
la presente Resolución a la Oficina de Administración, así como a todas las unidades de organización de la entidad, para los fines y conocimiento correspondientes.

Artículo 7.- DISPONER
la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Sineace. (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General

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