Resolución del Consejo Transitorio N.° 000003-2023/CT
RESOLUCION DE CONSEJO TRANSITORIO N° 000003-2023-SINEACE-CT
11 de octubre de 2023
Artículo 1. DECLARAR infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad Científica del Sur S.A.C contra el acto administrativo recaído en la Resolución de Consejo Directivo N° 000099-2022-SINEACE-CDAH, del 14 de octubre de 2022, que decidió no otorgar la acreditación al programa de estudios de Marketing y Administración; en consecuencia, CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolución de Consejo Directivo N° 000099-2022 SINEACE-CDAH.
Artículo 2. DAR por agotada la via administrativa, de conformidad con el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Cientifica del Sur S.A.C. conjuntamente con el Informe Técnico N° 000036-2023-SINEACE/P-DEA e Informe Legal N° 000340-2023-SINEACE/P-GG-OAJ.
Artículo 4.- EXHORTAR a la Universidad Científica del Sur S.A.C. a no promocionar este y otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre Sineace la Propiedad Industrial.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo