Resolución de Presidencia N.° 000060-2022-SINEACE/P
Resolución de Presidencia N° 000060-2022-SINEACE/P
4 de noviembre de 2022
Artículo 1.- Modificar la conformación de los miembros de la Comisión de Depuración y Sinceramiento contable del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, aprobada mediante la Resolución de Presidencia N° 067-2021-SINEACE/P, quedando de la siguiente manera:
- Jefe de la Oficina de Administración - Presidente
- Jefe de la Unidad de Contabilidad - Integrante
- Jefe de la Unidad de Tesoreria - Integrante
- Jefe de la Unidad de Logística - Integrante
Artículo 2.- La Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable, tendrá vigencia mientras se lleve a cabo el proceso según los plazos que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Disponer y asegurar los recursos presupuestarios, financieros, materiales y humanos necesarios para llevar a cabo las acciones conducentes al proceso de Depuración y Sinceramiento Contable; teniendo en cuenta lo establecido en la octogésima octava disposición complementaria final de la Ley 31084 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021.
Artículo 4.- Garantizar el compromiso de las oficinas y unidades orgánicas del SINEACE, para efectuar las acciones conducentes al proceso de depuración y sinceramiento contable, de acuerdo a las funciones que correspondan.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Administración del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, notificar la presente Resolución a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Jefe de la Oficina de Administración - Presidente
- Jefe de la Unidad de Contabilidad - Integrante
- Jefe de la Unidad de Tesoreria - Integrante
- Jefe de la Unidad de Logística - Integrante
Artículo 2.- La Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable, tendrá vigencia mientras se lleve a cabo el proceso según los plazos que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Disponer y asegurar los recursos presupuestarios, financieros, materiales y humanos necesarios para llevar a cabo las acciones conducentes al proceso de Depuración y Sinceramiento Contable; teniendo en cuenta lo establecido en la octogésima octava disposición complementaria final de la Ley 31084 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021.
Artículo 4.- Garantizar el compromiso de las oficinas y unidades orgánicas del SINEACE, para efectuar las acciones conducentes al proceso de depuración y sinceramiento contable, de acuerdo a las funciones que correspondan.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Administración del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, notificar la presente Resolución a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia