Resolución de Consejo Directivo N.° 000035-2022-SINEACE-CDAH

Resolución de Consejo Directivo N° 000035-2022-SINEACE-CDAH

30 de mayo de 2022

Artículo 1. - Declarar infundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en relación con su programa de estudios de Biología.

Artículo 2. - No otorgar la acreditación al programa de estudios de Biología de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.

Artículo 3. - Notificar la presente resolución a Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa conjuntamente con el Informe Técnico N° 000001-2022-SINEACE/P-DEA-MMG e Informe Legal N° 000105-2022-SINEACE/P-GG-OAJ.

Artículo 4. - Exhortar a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a no promocionar otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industrial.



Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo

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RESOLUCIÓN CDAH-000035-2022-Declarar infundado Biologia UNSA.pdf

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