Resolución de Presidencia N.° 0000011-2022-SINEACE/P
15 de febrero de 2022
Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Educación a interponer el recurso de anulación del Laudo Arbitral de Derecho de fecha 10 de diciembre de 2021 y el Laudo complementario contenido en la Orden N° 12, del 31 de enero de 2022, emitidos por el Árbitro Único Alonso Bedoya Denegri, del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, en el Caso Arbitral N° 0271-2020-CCL, seguido por la Empresa Blinsegur S.R.L contra el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace).
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Procurador Público del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Procurador Público del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).