Resolución de Presidencia N.° 000100-2021-SINEACE-P
16 de noviembre de 2021
Artículo 1.- Modificar el Artículo 2° de la Resolución de Presidencia N° 00000159-2018-SINEACE/CDAH-P del 19 de Setiembre de 2018, que conformó la Comisión para la Igualdad de Género del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°. - La Comisión está conformada por los siguientes miembros:
- La Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc o su representante, quien preside.
- El/la Jefe/a de la Oficina de Planificación y Presupuesto o su representante, a cargo de la Secretaria Técnica de la Comisión;
- El/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos o su representante;
- El/la Jefe/a de la Oficina de Comunicaciones Imagen Institucional o su representante;
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y Técnico-Productiva del Sineace, o su representante;
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Certificación de Competencias del Sineace, o su representante.
- El/la Director/a de la Dirección de Supervisión e Instrucción del Sineace, o su representante.
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Políticas del Sineace, o su representante.”
Artículo 2.- Disponer
“Artículo 2°. - La Comisión está conformada por los siguientes miembros:
- La Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc o su representante, quien preside.
- El/la Jefe/a de la Oficina de Planificación y Presupuesto o su representante, a cargo de la Secretaria Técnica de la Comisión;
- El/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos o su representante;
- El/la Jefe/a de la Oficina de Comunicaciones Imagen Institucional o su representante;
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y Técnico-Productiva del Sineace, o su representante;
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Certificación de Competencias del Sineace, o su representante.
- El/la Director/a de la Dirección de Supervisión e Instrucción del Sineace, o su representante.
- El/la Director/a de la Dirección de Evaluación y Políticas del Sineace, o su representante.”
Artículo 2.- Disponer