SERVIR: Hasta el 15 de julio se podrá negociar acuerdos económicos en la negociación colectiva descentralizada

Nota de prensa
El 30 de junio fue suscrito el Convenio Colectivo a nivel centralizado 2023-2024 entre el Estado peruano y los representantes sindicales de los servidores civiles
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Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional - SERVIR

11 de julio de 2023 - 5:31 p. m.

Las entidades públicas y los representantes de los sindicatos de los servidores civiles podrán negociar los acuerdos en materia económica y condiciones de trabajo, según lo establecido por la Ley N° 31188 - Ley de Negociación Colectiva en el sector estatal (LNCSE) y sus lineamientos, hasta el 15 de julio, informó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.  
 
Según explicaron, con la firma del Convenio Colectivo Centralizado 2023-2024, los representantes de los sindicatos públicos de las diversas entidades estatales deben concluir la negociación colectiva a nivel descentralizado en sus distintos ámbitos, respecto de las materias negociables con incidencia económica y que no hayan sido pactadas en el nivel centralizado.
 
Como se sabe, el pasado 30 de junio se firmó el convenio a nivel centralizado, entre los representantes del Estado peruano y los representantes de los servidores civiles que estuvo integrado por las Confederaciones Estatales como la Confederación Intersectorial De Trabajadores Estatales del Perú - CITE, la Confederación de Trabajadores Estatales - CTE, la Unión Nacional de Sindicatos del Sector Estatal - UNASSE, Confederación Nacional de Servidores Públicos del Perú - CONASEP y la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú - CONFETEP.
 
“La Ley N° 31188 establece el procedimiento de negociación colectiva en el sector estatal donde se establecen los plazos, etapas y reglas para el correcto desarrollo de la suscripción del convenio colectivo que permitirá mejorar las condiciones de los servidores públicos; sin que ello implique una afectación al equilibrio presupuestario de la Administración Pública, concordante con el principio de previsión y provisión presupuestal”, explicaron voceros de SERVIR.
 
La Ley y los Lineamentos establecen los plazos para la negociación colectiva tanto en el nivel centralizado como descentralizado. Siendo que la centralizada se realiza en una única negociación con la representación mayoritaria de los servidores de las entidades comprendidas en la norma, indistintamente de su régimen laboral de vinculación; y los acuerdos alcanzados tienen efectos para todos los trabajadores de las entidades públicas.
 
En tanto que, en la descentralizada se lleva a cabo en el ámbito sectorial, territorial, y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente; manteniendo efectos únicamente en el ámbito que corresponda a su celebración, en tanto se encuentren legitimadas conforme a las reglas establecidas en la LNCSE.
 
A tener en cuenta: