SERVIR continúa operativos de supervisión para verificar cumplimiento de la Ley N ° 31131 en entidades públicas

Nota de prensa
También remitió oficios a las ORH para reiterar que desvinculaciones no deben afectar derechos
Supervisión

Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional - SERVIR

6 de enero de 2023 - 2:52 p. m.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR continuó hoy con operativos de supervisión en las municipalidades de Magdalena del Mar y San Juan de Lurigancho, la Distrital de Chancay; así como en la Policía Nacional del Perú (PNP), tras recibir las denuncias de servidores civiles referidas a desvinculaciones masivas arbitrarias. 
 
Estas acciones, permitieron recabar información sobre las acciones que adoptaron las entidades mencionadas y que permitirán determinar si las mismas propiciaron o no la afectación de los derechos reconocidos a los servidores civiles CAS indeterminados, lo cual podría acarrearles responsabilidades de carácter administrativo y el inicio de acciones judiciales por parte de los servidores. 
 
Voceros de SERVIR informaron que solo en el caso de la Municipalidad de Magdalena del Mar, se levantó un acta en la que se indica que no entregaron documentación alguna, por lo que excepcionalmente se les brindó un plazo de 2 días hábiles para subsanar la información. En caso no la remitan, SERVIR emitirá un informe de resultados, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan. 
 
Del mismo modo, SERVIR emitió un oficio a todas las Oficinas de Recursos Humanos, reiterando que los servidores bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (RECAS), que contaban con contrato vigente al 10 de marzo del 2021, salvo en los casos que hubiesen sido contratados para labores de necesidad transitoria, suplencia o para desempeñar de cargos de confianza, son indeterminados. 
 
En esa misma línea, advirtieron que cualquier acción de personal, particularmente en los casos de desvinculaciones, las ORH deben considerar previamente la naturaleza determinada o indeterminada de los contratos RECAS, para no afectar derechos ya reconocidos. 
 
Asimismo, informaron a los servidores que en caso consideren que sus derechos han sido vulnerados al ser desvinculados, que tienen el plazo de 15 días hábiles para impugnar ante la ORH de su entidad la decisión adoptada, luego de lo cual la ORH tiene que elevar al Tribunal del Servicio Civil, dentro de los 10 días hábiles de presentado, los medios impugnatorios de los servidores. 
 
“SERVIR insta a las ORH de las entidades públicas a tener en cuenta y poner en práctica las reglas vigentes del SARGH asociadas a la selección, vinculación y desvinculación de personal; y les recuerda que puede realizar acciones de supervisión a fin de revisar el cumplimiento de las normas o políticas del SARGH en dichas materias u otras”, cita el oficio. 
 
DATO: