SERVIR: Se amplía plazo para que sindicatos del sector público puedan presentar Convenios Colectivos Descentralizados

Nota de prensa
Podrán remitir documento al MEF hasta el 22 de julio Disposiciones de informe técnico beneficia a obreros y trabajadores municipales

Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional - SERVIR

5 de julio de 2022 - 10:05 a. m.

Las entidades del sector público tienen plazo para remitir los Convenios Colectivos Descentralizados al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) hasta el 22 de julio de este año, según lo establece el Informe Técnico N° 001033-2022-SERVIR-GPGSC, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
 
Este documento, elaborado por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de SERVIR, esclarece lo mencionado en el numeral 5.3 del artículo 5 Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
 
“De esta manera, el plazo para remitir el convenio colectivo de la negociación colectiva descentralizada o la conciliación o el laudo arbitral de ser el caso, al MEF, es hasta el viernes 22 de julio. Con ello, SERVIR atiende también un requerimiento de los sindicados, sobretodo de los gobiernos regionales y locales, obreros y trabajadores municipales”, sostuvo la presidenta ejecutiva de SERVIR, Janeyri Boyer Carrera. 
 
Cabe mencionar que de acuerdo al Decreto Supremo N°008-2022-PCM, los acuerdos a nivel centralizado y descentralizado debían ser alcanzados hasta el 30 de junio al mencionado portafolio para la inclusión de sus implicancias económicas en la Ley de Presupuesto del Sector Público, pero ahora con el informe técnico de SERVIR tienen mayor plazo. Así, se podrá concluir el trato directo de las materias con incidencia económica en el nivel descentralizado, luego de conocer los acuerdos pactados a nivel centralizado, hasta el 15 de julio. 
 
De la misma manera, se podrá concluir la conciliación o el laudo arbitral de ser el caso, siempre que traten sobre materias económicas no contenidas a nivel centralizado, hasta el 15 de julio.
 
Por lo tanto, el plazo para remitir el convenio colectivo de la negociación colectiva descentralizada o la conciliación o el laudo arbitral de ser el caso, al Ministerio de Economía y Finanzas, en caso se hubiera concluido hasta el 15 de julio, será de hasta cinco (5) días hábiles después del 15 de julio, es decir hasta el viernes 22 de julio de 2022.
 
DATO:

  • El Decreto Supremo N°008-2022-PCM establece que en la Negociación Colectiva Descentralizada se pueden negociar las condiciones de trabajo o de empleo con incidencia económica que resulten de aplicación a los servidores comprendidos dentro del respectivo ámbito. Pero, se excluye aquellas materias pactadas a nivel centralizado.
  • El martes 30 de junio, la representación empleadora del Estado peruano y los representantes de las centrales sindicales de las confederaciones estatales suscribieron el el Convenio Colectivo Centralizado 2022-2023, cuyas clausulas con incidencia económicas rigen a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023.