Donación de bienes muebles dados de baja por la causal Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE

Comunicado

9 de setiembre de 2021 - 8:10 p. m.

I. OBJETO
La AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – SERVIR, en atención al Numeral 7.2.1 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bines Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”, cumple con publicar en el Portal Web de la entidad la Resolución Administrativa N° 000065-2021-SERVIR-GG-OGAF, de fecha 06 de setiembre de 2021, que aprueba la baja de ochenta y cuatro (84) bienes muebles calificados como residuos de aparatos eléctricos y electrónicos – RAEE, los cuales son materia de donación. (Anexo)
II. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
Entidad : Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR
Dirección : Avenida Arequipa 934 – Cercado de Lima
Teléfono : 206-3370 Anexos 8140 - 8141
III. PUBLICACIÓN
Vigencia de Publicación : Del 08 al 23 de setiembre del 2021
Lugar de Publicación : Portal Institucional: www.gob.pe/servir
IV. ALCANCE
El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, que cuenten con un Plan de Manejo de RAEE aprobado o actualizado por el MINAM, los cuales deberán manifestar por escrito a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR su interés en ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles indicados en la presente publicación, adjuntando la documentación establecida en el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01. Esto es:
a) Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal.
b) Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de RAEE con una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud.
c) Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal, según corresponda.
d) Copia de la Resolución que aprueba el PMRAEE y del informe que la sustenta expedido por el MINAM.
e) Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii) Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante con lo señalado en su PMRAEE; y iii). El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba la donación.
Cabe señalar que, según lo establecido en el numeral 7.2.2 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, se publicará el cronograma para la presentación de las solicitudes en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.
Asimismo, se les informa que la documentación deberá ser presentada a través del correo: mesadepartesvirtual@servir.gob.pe o mesa de partes de SERVIR, sito en Av. Cuba N° 699 – Jesús María.


Lima, 09 de setiembre de 2021.