Comunicado: Sobre el régimen del Servicio Civil y las compensaciones económicas en el sector público

Comunicado
Comunicado Nº 006-2025 de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
Comunicado Nº 006-2025 de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.

Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR

6 de mayo de 2025 - 12:05 a. m.

En relación con diversas publicaciones difundidas recientemente sobre una propuesta de compensación económica para el puesto de Presidente de la República, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, entidad rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, considera importante precisar lo siguiente:

  1. La fijación de las compensaciones económicas para funcionarios, directivos y servidores civiles forma parte de un proceso de ordenamiento de la gestión de los recursos humanos en el Estado, que se inicia desde el año 2013 con la aprobación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; proceso que es impulsado con el Decreto Legislativo N.° 1602, para promover el tránsito de las entidades públicas del Poder Ejecutivo al régimen del servicio civil regulado por la citada Ley N.° 30057, a través de la aprobación de un Cuadro de Puestos de la Entidad.
  2. Los procesos de definición de las compensaciones económicas están claramente establecidos en la normativa vigente. En el caso de los funcionarios públicos del Poder Ejecutivo, como es el caso del puesto de Presidente de la República y de los titulares de las entidades públicas, la compensación económica solo se determina una vez aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad.
  3. A la fecha, existen 29 entidades que cuentan con un Cuadro de Puestos de la Entidad, dentro de los cuales se encuentra el organismo público Despacho Presidencial, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Al contar dicho organismo público con un Cuadro de Puestos de la Entidad aprobado, es competencia del Ministerio de Economía y Finanzas la evaluación de la fijación del monto de la compensación económica del puesto de Presidente de la República, siendo dicha propuesta elevada para consideración del Consejo de Ministros y posterior aprobación mediante Decreto Supremo.
  4. La reforma del Servicio Civil beneficia a los más de 1.5 millones de servidores públicos del país, ya que ordena y transparenta el sistema de remuneraciones en el sector público, garantizando condiciones dignas, estables y equitativas para quienes sirven a la ciudadanía. De esta forma, la propuesta de compensación económica para el puesto de Presidente de la República es parte de un proceso progresivo de ordenamiento en el sistema de remuneraciones del Estado.

SERVIR reafirma su compromiso con una reforma responsable, enfocada en mejorar la calidad del servicio al ciudadano, fortalecer la institucionalidad del Estado y asegurar la mejora de los servicios públicos.

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR