Resolución de Oficina General de Administración y Finanzas N.° 000007-2026/GG-OGAF
APROBAR el Procedimiento de Selección No Competitivo N° 2-2025-SERVIR para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA LAS SEDES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
30 de enero de 2026
Artículo 1°. - APROBAR el Procedimiento de Selección No Competitivo N° 2-2025-SERVIR para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA LAS SEDES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – SERVIR, por la causal de desabastecimiento establecida en el literal c) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, por el plazo de ciento cincuenta (150) días calendario y/o hasta que inicie la ejecución del nuevo contrato que derive de un Concurso Público, lo que ocurra primero; por el monto de S/ 441,995.80 (Cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos noventa y cinco con 80/100 Soles), incluido los impuestos de ley.
Artículo 2°. - DISPONER que la Subjefatura de Abastecimiento, en su calidad de Dependencia Encargada de las Contrataciones, continúe con las acciones que correspondan para la suscripción del contrato respectivo, de conformidad con lo establecido en el numeral 102.4 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF.
Artículo 3°. - DISPONER que la Subjefatura de Abastecimiento realice la publicación de la presente Resolución y los informes que la sustentan en la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (PLADICOP), a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 102.5 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas.
Artículo 4°. - REMITIR los actuados a la Oficina de Recursos Humanos y a la Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, con la finalidad de que proceda de acuerdo a sus funciones, conforme a lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias, así como la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC y modificatorias, a efectos de determinar las responsabilidades que correspondan respecto de la configuración de la situación de desabastecimiento.
Artículo 5°. - ENCARGAR a la Subjefatura de Abastecimiento la notificación de la presente Resolución al proveedor seleccionado BADIA SEGURIDAD Y VIGILANCIA S.A.C.
Artículo 6 °. - ENCARGAR a la Subjefatura de Servicio al Ciudadano, que efectué la notificación de la presente Resolución a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Subjefatura de Abastecimiento de la Oficina General de Administración y Finanzas; a la Oficina de Recursos Humanos y a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario.
Artículo 7 °. - ENCARGAR a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional efectué la publicación de la presente Resolución, en el portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (https://www.gob.pe/servir).
Regístrese, comuníquese y publíquese
Artículo 2°. - DISPONER que la Subjefatura de Abastecimiento, en su calidad de Dependencia Encargada de las Contrataciones, continúe con las acciones que correspondan para la suscripción del contrato respectivo, de conformidad con lo establecido en el numeral 102.4 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF.
Artículo 3°. - DISPONER que la Subjefatura de Abastecimiento realice la publicación de la presente Resolución y los informes que la sustentan en la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (PLADICOP), a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 102.5 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas.
Artículo 4°. - REMITIR los actuados a la Oficina de Recursos Humanos y a la Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, con la finalidad de que proceda de acuerdo a sus funciones, conforme a lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias, así como la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC y modificatorias, a efectos de determinar las responsabilidades que correspondan respecto de la configuración de la situación de desabastecimiento.
Artículo 5°. - ENCARGAR a la Subjefatura de Abastecimiento la notificación de la presente Resolución al proveedor seleccionado BADIA SEGURIDAD Y VIGILANCIA S.A.C.
Artículo 6 °. - ENCARGAR a la Subjefatura de Servicio al Ciudadano, que efectué la notificación de la presente Resolución a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Subjefatura de Abastecimiento de la Oficina General de Administración y Finanzas; a la Oficina de Recursos Humanos y a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario.
Artículo 7 °. - ENCARGAR a la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional efectué la publicación de la presente Resolución, en el portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (https://www.gob.pe/servir).
Regístrese, comuníquese y publíquese
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Oficina General de Administración y Finanzas
