Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000013-2026/PE

Delegar en el/la Gerente/a General, para el Año Fiscal 2026

21 de enero de 2026

Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a General, para el Año Fiscal 2026, las siguientes funciones:
a) Aprobar y actualizar el Plan Operativo Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil.
b) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático de la Unidad Ejecutora del Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil.
c) Aprobar encargaturas de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728; así como, la suplencia y/o designación temporal del personal contratado bajo el Decreto Legislativo N° 1057.
d) Aprobar formatos de requerimiento para la contratación de personal bajo el Decreto Legislativo N° 1057 y de practicantes.
e) Autorizar al Procurador Público de la Autoridad Nacional del Servicio Civil a suscribir acuerdos conciliatorios en el ámbito extrajudicial.
f) Aprobar la Defensa Legal de los Gerentes Públicos.
Artículo 2.- Delegar en el/la Gerente/a de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, para el Año Fiscal 2026, las siguientes funciones:
a)Suscribir convenios de asignación de Gerentes Públicos.
b)Suscribir convenios que, por mutuo acuerdo con la Entidad Receptora, den por concluida la asignación del Gerente Público.
Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas, para el Año Fiscal 2026, las siguientes funciones:
En el ámbito de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas
Aprobar los procedimientos de selección no competitivos (literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas).
En el ámbito de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado
a) Resolver los contratos, órdenes de compra o de servicios, según corresponda, así como la suscripción y resolución de sus adendas, provenientes de los procedimientos de selección para bienes, servicios y obras.
b) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, incluyendo las reducciones, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, proveniente de los procedimientos de selección para bienes, servicios y obras.
c) Suscribir contratos complementarios provenientes de procedimientos de selección para bienes, servicios y obras.
d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección para bienes, servicios y obras.
Artículo 4.- La delegación de funciones previstas en la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, confiere la capacidad decisoria y/o resolutiva sobre los asuntos materia de delegación, sin que esta exima de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, bajo responsabilidad.
Artículo 5.- Los servidores civiles a quienes se delega facultades mediante la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, deben informar trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la Gerencia General, a la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y a la Oficina General de Administración y Finanzas, para los fines correspondientes.
Artículo 7.- Disponer que la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva

Vista preliminar de documento RESOLUCION-000013-2026-SERVIR-PE

RESOLUCION-000013-2026-SERVIR-PE

PDF
542.1 KB