Resolución de Oficina General de Administración y Finanzas N.° 000111-2025/GG-OGAF
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 000066-2025-SERVIR-GG-OGAF
5 de enero de 2026
Dice:
“(…) Artículo 2.- Disponer que la Subjefatura de Abastecimiento remita todo antecedente de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que efectúe las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades al que hubiera lugar. (…)”
Debe decir:
“(…) Artículo 2.- Disponer que la Subjefatura de Abastecimiento remita todo antecedente de la presente Resolución a la secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que efectúe las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades al que hubiera lugar (…)”
Dice:
“(…) Artículo 4.- Disponer que la Subjefatura de Comunicación e Imagen Institucional realice las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir). (…)”
Debe decir:
“(…) Artículo 4.- Disponer que la Subjefatura de Comunicación e Imagen Institucional realice las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir). (…)”
“(…) Artículo 2.- Disponer que la Subjefatura de Abastecimiento remita todo antecedente de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que efectúe las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades al que hubiera lugar. (…)”
Debe decir:
“(…) Artículo 2.- Disponer que la Subjefatura de Abastecimiento remita todo antecedente de la presente Resolución a la secretaria técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que efectúe las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades al que hubiera lugar (…)”
Dice:
“(…) Artículo 4.- Disponer que la Subjefatura de Comunicación e Imagen Institucional realice las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir). (…)”
Debe decir:
“(…) Artículo 4.- Disponer que la Subjefatura de Comunicación e Imagen Institucional realice las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir). (…)”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Oficina General de Administración y Finanzas
